LA PROPUESTA DE LEY INDÍGENA; UN PASO ADELANTE, DOS ATRÁS
Sergio Rodríguez Lascano *
Las modificaciones constitucionales que el Senado de la República con el voto de todas las fracciones partidarias, para vergüenza del PRD, en materia indígena en sus aspectos fundamentales se encuentran más cerca de la Ley propuesta por el ex presidente Ernesto Zedillo que de la Ley Cocopa. Una vez más los partidos políticos no han sido sensibles al reclamo indígena, apoyado por millones de mexicanos no indígenas, de dotarse de un marco jurídico que les permitiera lograr un doble objetivo: participar como un sujeto con reconocimiento jurídico en la reorganización del Estado nacional y lograr lo anterior por medio del reconocimiento jurídico de sus mecanismos propios de regular su vida social, política, económica y cultural.
Cuatro son los puntos más cuestionables de la actual proyecto de Ley:
1) En el texto original de la Cocopa se planteaba a las comunidades
indígenas como "entidades de derecho público", en la Ley
Zedillo esto se cambiaba y se señalaba "las comunidades
indígenas como sujeto de interés público".
En la propuesta del Senado se plantea "así como el reconocimiento de las comunidades como entidades de interés público". Entre la Cocopa y Zedillo, el Senado escogió al segundo. ¿Qué implica esta diferencia? Que en la propuesta de la Cocopa se le reconocía a las comunidades como sujeto de derecho público, es decir, como parte del Estado; en la propuesta de Zedillo, hoy avalada por el Senado, se les da un trato a las comunidades indígenas mexicanas similar a una tienda de la Conasupo, al considerarlas como de interés público. Todo esto contradice el párrafo 1 del artículo 2 de la propuesta del Senado que a la letra dice: "La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas". ¿Cómo se puede decir eso y luego reconocerle a esos pueblos una estatus jurídico similar al de una tienda Conasupo?
2) En el texto original de la Cocopa se planteaba lo siguiente: "Acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, entendidos éstos como la totalidad del hábitat que los pueblos indígenas usan y ocupan, salvo aquellos cuyo dominio directo corresponde a la Nación".
La propuesta Zedillo decía: "Acceder al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras, respetando las formas, modalidades y limitaciones establecidas para la propiedad por esta Constitución y las leyes".
La propuesta del Senado dice: "Acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra establecidas en esta Constitución y a las leyes de la materia, así como a los derechos adquiridos por terceros o por integrantes de la comunidad, al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, salvo aquellos que corresponden a las áreas estratégicas, en términos de esta Constitución".
Otra vez no hay duda, la ley Zedillo pesó más que la de la Cocopa. El concepto territorio, clave para entender y definir la autonomía desaparece. De esta manera el espacio geográfico donde la autonomía se podría ejercer queda limitado al máximo, violando el acuerdo establecido en san Andrés de que todo el problema de la Tenencia de la Tierra debería discutirse en la mesa 3 sobre Justicia y Desarrollo.
3) En el texto original de la Cocopa se decía: "Se respetará el ejercicio de la libre autodeterminación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas, de acuerdo a las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa. Las comunidades indígenas como entidad de derecho público y los municipios que reconozcan su pertenencia a un pueblo indígena, tendrán la facultad de asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones".
En la Ley Zedillo se decía: "Las comunidades de los pueblos indígenas como entidades de interés público y los municipios con población mayoritariamente indígena, tendrán la posibilidad de asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones, respetando siempre la división político-administrativa en cada entidad federativa".
La propuesta del Senado dice: "Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y asociarse en términos y para los efectos que prevenga esta ley". Aquí, incluso se ubican por atrás de la propuesta de Zedillo. Aquí desaparece la posibilidad de asociarse en términos regionales, más allá de los municipios existentes, mecanismo que representa la única garantía de reconstitución de los pueblos indígenas después de más de 500 años de fragmentación y marginación. El agregado al 115 que se propone representa una burla completa a los pueblos indios.
4) En la ley de la Cocopa se decía: "Para establecer la demarcación territorial de los distritos uninominales y las circunscripciones plurinominales, deberá tomarse en cuenta la ubicación de los pueblos indígenas, a fin de asegurar su participación y representación políticas en el ámbito nacional".
En la propuesta de Zedillo se decía. "Para establecer la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales, deberá tomarse en cuenta la ubicación de los pueblos indígenas, a fin de asegurar su participación y representación políticas en el ámbito nacional". En la propuesta del Senado, en el tercero transitorio, se dice: "Para establecer la demarcación territorial de los distritos uninominales deberá tomarse en consideración, cuando sea factible, la ubicación de los pueblos y comunidades indígenas, a fin de propiciar su participación política".
Una vez más la propuesta del Senado se ubica por atrás de la Zedillo. No tan sólo se está en contra de que los pueblos indios, esos que son el sustento original de la Nación, tengan una representación específica, vía una circunscripción plurinominal propia sino que ahora ya no se 'deberá tomar en cuenta la ubicación de los pueblos indígenas' sino que esto se hará solamente cuando sea factible.
Cuando Ernesto Zedillo presentó su propuesta señaló que la propuesta de la Cocopa estaba retomada en un 85 por ciento, el problema era que en el 15 por ciento restante se ubicaba lo central del proyecto de autonomía indígena. Ahora con la propuesta del Senado se puede decir que lo que se recoge es el 80 por ciento (5 por ciento menos que en la de Zedillo) pero el 20 por ciento que queda fuera es la columna vertebral de la autonomía indígena.
La omisión del Senado no se puede sustituir con planteamientos generales y abstractos sobre la autonomía o con una propuesta asistencialistas de gobierno (todo el apartado B de la propuesta) que es una vergüenza que se ponga dentro del cuerpo de la Constitución y que además ha sido la plataforma política de un sistema que fue derrotado el 2 de julio.
Es verdaderamente lastimoso que una vez más el Senado (el mismo
que se negó a escuchar a los zapatistas y a los miembros del Congreso
Nacional Indígena) y la Cámara de Diputados le den la espalda
a los pueblos indígenas de México. La convicción
de que esta decisión cerrará una herida histórica
no tan sólo es ficticia sino una broma de mal gusto. Si se
aprueba esta propuesta de Ley, en la Cámara de Diputados y luego
en los Congresos de los estados, se habrá cumplido un expediente
pero no se solucionará el grave problema de más de 10 millones
de mexicanos, pero la lucha por los derechos y la cultura indígena
seguirá siendo una asignatura pendiente y una afrenta para la Nación.
* Colaborador de la Agencia Latinoamericana de Información.