EL DERECHO A LA SALUD REPRODUCTIVA DE LAS MUJERES
Ana María Peppino Barale *
"Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e
informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud".
Art. 4º Constitucional. De las garantías individuales
Llama la atención la facilidad con que se despiertan las pasiones y se polarizan las posiciones cuando se trata públicamente el tema del aborto. Sorprende la manera en que se simplifican los argumentos que representan generalmente a dos posiciones extremas que se reconocen como "a favor" y "en contra" del aborto. Estos últimos alegan razones morales y religiosas y exigen castigo penal a las mujeres que interrumpen su embarazo; llaman asesinos al personal médico que interviene y conocemos los casos de incendio de las clínicas que en EEUU e Inglaterra por ejemplo, atienden a mujeres que han decidido abortar.
En México, el aborto está penado con pocas salvedades y cuya aplicación resulta difícil en la realidad. Penalizar el aborto obliga a la clandestinidad y no ayuda a disminuir el número de abortos ni a prevenir su reincidencia. Entre los problemas que ocasiona la prohibición, GIRE Grupo de Información en Reproducción Elegida, identifica los siguientes:
a) de salud pública; las numerosas mujeres que se ven obligadas a abortar en la ilegalidad arriesgan su salud o mueren por las complicaciones resultantes de las pésimas condiciones médicas a que son sometidas y constituyen la tercera causa de muerte materna en México.
b) de justicia social; las mujeres con recursos económicos e información pueden conseguir atención en buenas condiciones médicas, incluso viajar a países donde el aborto es legal; situación fuera del alcance de la mayoría de mujeres que lo intenta.
c) de democracia; "en un estado laico y con verdadera libertad de creencias" optar por la interrupción del embarazo debería ser un asunto de conciencia individual, "una visión religiosa no debe prevalecer sobre las demás, en especial en lo relativo a la vida sexual y reproductiva". A la sociedad le corresponde "determinar [...] de manera democrática, si en la ley se garantiza o no el derecho a decidir con libertad nuestra vida reproductiva sin ninguna clase de coerciones".
Penalización
La penalización del aborto concentra sus peores efectos en la población más pobre; favorece la clandestinidad y crea un mercado ilegal de la salud que lucra con los riesgos y penalidades de las mujeres y aprovecha la indeterminación de la ley.
Si bien la despenalización del aborto atenúa los problemas de justicia social y de salud pública, no es suficiente, es necesario acompañarla de servicios médicos oportunos, de calidad y prestados con respeto a la dignidad de las mujeres. También, debe fortalecerse las actividades de las instituciones públicas y privadas referentes a la educación e información de mujeres y hombres para que adopten medidas de prevención que disminuyan la reincidencia.
Así y todo los hechos van más allá del ámbito del derecho y entran en la esfera de la conciencia de las partes involucradas. El tema es atendido en reuniones regionales como la efectuada en Santafé de Bogotá en octubre de 1998, donde los parlamentarios latinoamericanos reunidos ahí se pronunciaron sobre el aborto inducido. La Declaración de Bogotá que recogió la discusión, asienta que el aborto no debe reconocerse como un método de planificación familiar; reconocen la gravedad de la realidad de que en América Latina y El Caribe uno de cada tres embarazos termina en aborto, afecta a 4 millones de mujeres y provoca 10,000 muertes por año. Se trata, acuerdan, de un problema social que no sólo involucra a mujeres sino a la sociedad entera. No puede tratarse como delito sino como asunto de derechos humanos.
Pero con ley y a pesar de ella se conocen casos como los reportados en Argentina donde familiares de chicas deficientes mentales violadas denuncian que médicos y jueces rehúsan atender las solicitudes basadas en la ley que no penaliza el aborto inducido en caso de violación contra mujeres débiles mentales. En Buenos aires (dic de 1998) la madre de una discapacitada mental embarazada a consecuencia de una violación, reclamó el aborto admitido por la ley en esos casos y se encontró con un círculo de responsabilidades sin salida. Un aborto espontáneo casi acaba con la vida de la hija mientras esperaba la autorización para llevar a cabo la suspensión del embarazo. La ley sólo es efectiva en el papel y en las discusiones parlamentarias o en los foros especializados.
En la ciudad de La Plata (capital de la provincia de Buenos Aires, Argentina) uno de los jueces no solo no dio la autorización requerida sino que alegó que las excepciones son anticonstitucionales porque la carta magna prohibe el aborto.
En Rio Negro (provincia de la Patagonia argentina) a una niña de 13 años, débil mental y desnutrida, le impidieron abortar tras ser violada. El padre de la menor relató que un juez y un ministro religioso lo convencieron a que permitieran continuar el embarazo con la promesa de ayuda y firmando un acta de compromiso de ayuda económica y alimentaria si desistía de interrumpir el embarazo. Al cabo de varios meses el padre desesperado explica que la ayuda a su hija se redujo a la entrega de unas cuantas mercaderías.
Jueces y médicos se responsabilizan mutuamente. Los médicos no llevan adelante la suspensión del embarazo sin autorización judicial y los jueces se toman su tiempo o interpretan la ley según su personal razonamiento. La secuencia institucional entorpece tomar a tiempo la decisión y nadie responde por las consecuencias.
Además, aunque el juez lo ordene el médico puede negarse a practicarlo por razones morales o religiosas. La objeción de conciencia alegada en las instituciones españolas se repite en otros países. De ahí que la Defensoria del Pueblo de Buenos Aires estudie una reglamentación que obligue a los hospitales a atender las solicitudes sin tramitación cuando se trate de abortos no punibles y que cada institución de salud cuente con una lista de los médicos dispuestos a intervenir.
IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Pekín 1995)
En esta reunión el tema del aborto recibió un tratamiento similar al otorgado en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de El Cairo (septiembre de 1994). Se aborda en el Capítulo IV, sección C (Salud) de la Plataforma de Acción. Ahí se reconoce que la mujer tiene derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, toda vez que el disfrute de ese derecho es esencial para su vida, su bienestar y su capacidad para participar en todas las esferas de la vida pública y privada.
Los párrafos que abordan el tema del aborto y su prevención en la Plataforma de Acción son los siguientes:
98) "El aborto en condiciones peligrosas pone en riesgo la vida de un gran número de mujeres y representa un grave problema de salud pública".
107j) "Reconocer y afrontar las consecuencias que tienen para la salud los abortos peligrosos, por ser una cuestión de gran importancia para la salud pública tal como se acordó en el párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo"
107k )El párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo dice lo siguiente: "En ningún caso se debe promover el aborto como método de planificación de la familia. Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pública y a reducir el recurso al aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación de la familia. Las mujeres que tienen embarazos no deseados deben tener fácil acceso a información fidedigna y a asesoramiento comprensivo. Cualesquiera medidas o cambios relacionados con el aborto que se introduzcan en el sistema de salud se pueden determinar únicamente a nivel nacional o local de conformidad con el proceso legislativo nacional. En los casos que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos los casos, las mujeres deberían tener acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se deberían ofrecer con prontitud servicios de planificación de la familia, educación y asesoramiento post aborto que ayuden también a evitar la repetición de los abortos". Considerar la posibilidad de revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales".
Los párrafos citados plantean la necesidad de reconocer y afrontar las consecuencias que los abortos tienen para la salud de las mujeres. No se reconoce al aborto como método de planificación familiar, por lo que se insta a los gobiernos a redoblar esfuerzos para reducir el recurso al aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación familiar, así como de programas integrales de educación sexual.
Población adolescente
Estudios del Centro Internacional de Investigación sobre Mujeres estiman que el 60% de los embarazos adolescentes en países en desarrollo no son intencionados y, por definición, resultan de un intercambio sexual no protegido. Cuando enfrentan un embarazo no deseado, las adolescentes no casadas siempre han encontrado dificultades para acceder a servicios adecuados a sus necesidades, incluyendo la atención del aborto seguro. La epidemia de SIDA exacerba estas dificultades y agrega nuevas dimensiones médicas, legales y éticas a la práctica del aborto inseguro e ilegal, colocando en riesgo la salud de las mujeres jóvenes.
Según un artículo de la Asociación Médica Americana (R. Blum) "actualmente un total estimado de dos millones de adolescentes en países en desarrollo recurren cada año a la práctica de abortos ilegales e inseguros; y para el año 2000, el 83% de la juventud mundial vivirá en países en desarrollo". A pesar de ello, resultan débiles los esfuerzos para estudiar la intersección entre la adolescencia y el embarazo no deseado. Son poco explorados los temas relacionados con el aborto inseguro en las jóvenes.
Las adolescentes son más vulnerables por un sin fin de factores que a menudo están más allá de su control: la violencia física y otras formas de coerción; una edad más temprana de iniciación sexual; relación con hombres mayores; presiones sociales que enfrentan las niñas; falta de acceso a la educación formal, incluso educación sexual; la falta de acceso a métodos anticonceptivos y a servicios de salud reproductiva; comportamiento sexual de alto riesgo de los compañeros de las adolescentes; su falta de poder para negociar con sus parejas los términos de la relación sexual.
Las jóvenes recurren al aborto ilegal e inseguro por una serie de razones: miedo de no responder a las expectativas familiares y de la sociedad; estrictas leyes antiaborto; falta de recursos financieros y de salud; falta de educación y falsas informaciones de parte de otros adolescentes y de algunos adultos. Las mujeres jóvenes que tienen hijos antes del matrimonio pueden ser repudiadas por sus familias y dejadas con la responsabilidad de criar solas a sus vástagos. Igualmente, el nivel de educación se ve afectado cuando debe interrumpir sus estudios si se da el nacimiento.
De los 50 millones de abortos inducidos que se realizan cada año en todo el mundo, más de un tercio es ilegal, y cerca de la mitad de todos los abortos se realiza fuera del sistema de atención de salud. Las leyes y las políticas que restringen el aborto generalmente dificultan el acceso a un aborto seguro. Incluso donde las leyes del aborto son menos restrictivas, los servicios no siempre están disponibles para las adolescentes. Donde se prestan los servicios no se cuenta con orientación adecuada ni servicios anticonceptivos post aborto, lo que incrementa la probabilidad de abortos repetidos.
Por la falta de recursos para la atención del aborto, las jóvenes frecuentemente buscan cualquier opción disponible para interrumpir su embarazo. Reciben informaciones erróneas o peligrosas e incluso fatales sobre el procedimiento. En el intento de auto-inducirse el aborto, llegan a tomar una amplia gama de productos químicos venenosos, o se insertan objetos punzantes en el útero. Como resultado de estas intervenciones de riesgo muchas sufren complicaciones médicas invalidantes; entre las más comunes el aborto incompleto, hemorragia, perforación uterina y trauma cervical.
Derechos reproductivos
El aborto no debe ser tratado aisladamente sino integralmente, como parte de los derechos reproductivos que se relacionan con los temas de población, planificación familiar y salud reproductiva
En 1994, siguiendo los acuerdos y consensos adoptados en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, surge una nueva agenda mundial que liga la salud y los derechos reproductivos y propone la igualdad de género y la realización de los derechos humanos de las mujeres como factor clave del éxito de los programas de población y desarrollo.
La reunión realizada en Lima, Perú, del 1 al 4 de diciembre de 1997, para establecer una agenda regional común en materia de derechos sexuales y reproductivos propusieron trabajar de manera coordinada para "Incorporar los derechos reproductivos en el discurso y la práctica de los derechos humanos en la región, otorgándoles la misma prioridad que otros derechos humanos reconocidos internacionalmente. Las organizaciones participantes en dicha reunión identificaron los puntos específicos que representan prioridades inmediatas: 1) informar y educar a las mujeres acerca de sus derechos sexuales y reproductivos; 2) erradicar leyes restrictivas sobre aborto y promover la entrega de servicios en los casos en que el aborto es permitido por ley.
Por último, para un ejercicio de reflexión cito una propuestas para considerar a los derechos reproductivos como derechos de la ciudadanía:
"Se puede considerar la libertad reproductiva a la vez como un derecho civil, político y social. Como derecho político, la libertad reproductiva está ligada a las luchas de los movimientos de las mujeres, es decir a la afirmación de un nuevo sujeto político que lucha y negocia para conseguir el reconocimiento de una identidad colectiva basada en la visibilidad de las relaciones de género. Como derecho civil, la libertad reproductiva está ligada al principio de individualización del liberalismo clásico, es decir a la capacidad del individuo de disponer de sí mismo. Como derecho social, la libertad reproductiva está ligada a las políticas de salud pública. Aparece así que la libertad reproductiva cristaliza los derechos-libertades frente al Estado y los derechos de acreedor sobre el Estado. En este sentido, la libertad reproductiva ilustra claramente la interrelación entre los niveles civil, político y social de la ciudadanía".
Fuentes
Bérengère Marques-Pereira, Los derechos reproductivos como derechos de la ciudadania. Ponencia XX Congreso Latinoamericano de Sociología, México, 2-6 octubre de 1995
Radhakrisna, Aruna et al, Embarazo no deseado, VIH/SIDA y aborto inseguro Cuadernos Mujer Salud/3, pp .102-109.
Plataforma de Acción IV Conferencia Mundial sobre la Mujer
Servicio Radiofónico Fempress.
* Doctora en Estudios Latinoamericanos y profesora-investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco.