¿QUÉ PASARÁ SI LE RETIRAN EL FUERO CONSTITUCIONAL A ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR?
Saturnino Oropeza *
Si la Comisión Instructora, primero, y el Pleno de la Cámara de Diputados, después, aprueban el desafuero del jefe del Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, el funcionario será separado de su cargo, pues será incongruente estar sometido a proceso judicial y ejercer la jefactura del Gobierno de la Ciudad de México. Después, el juzgado competente dará curso a la demanda interpuesta por el Ministerio Público Federal, el cual desahogará las evidencias presentadas por los actores en juicio, y finalmente, en primera o en segunda instancia, será absuelto. Toda vez que la parte acusadora carece de argumentos jurídicos sólidos para obtener una sentencia condenatoria.
El caso adopta una relevancia especial ya que las múltiples andanadas por desacreditarlo lo han convertido en un mártir del conjunto de fuerzas detractoras que ven en su persona un riesgo para la sucesión presidencial de México en el 2006. La condición es observada en los índices de popularidad, que se han mantenido a su favor pese a todos los empeños por anularlo. La absolución judicial definitiva lo remozará como el individuo idóneo para la preferencia popular. Esto tiene una implicación mística importante a tomar en cuenta, toda vez que ante el imaginario colectivo habrá sido una víctima injustamente procesada.
Esto significa que López Obrador, estará en tiempo de ser candidato a la Presidencia de la República y, de no haber fraude electoral, tendrá una mayor posibilidad de ser electo. Sí y sólo sí el proceso judicial concluye en 2005, pues aún estaría en los tiempos previstos para el proceso electoral.
A esto es posible añadir una divertida paradoja política que innecesariamente tomaré en cuenta. Conforme a los artículos 38 y 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corrijan los jurisconsultos, aún en el proceso judicial estará gozando de sus derechos ciudadanos, pues la falta por la que pretenden procesarlo no está reglamentada, y luego entonces no está dispuesto que su presunta falta amerite pena corporal. Bajo esa circunstancia podría ser candidato.
La segunda variable está condicionada a que el proceso judicial concluya en el 2006, ya iniciado el proceso electoral. En cuyo caso, y conforme a los artículos 38, 55 y 58 Constitucionales, podrá ser registrado como candidato plurinominal para ocupar una curul en la Cámara de Senadores, puesto que no estará suspendido el ejercicio de sus derechos o prerrogativas como ciudadano.
Siendo que a la parte acusadora le faltan argumentos jurídicos sólidos, la absolución le facilitará ocupar el nuevo encargo y de todos modos mantendrá la implicación mística provocada por las acciones emprendidas en su contra. Así, desde ese sitio, más intenso y menos azaroso, podrá impulsar el proyecto de Nación que pregona y en el 2012 tendrá más que una mayor posibilidad de ser electo presidente de la República, sino una alta seguridad.
Por más remoto que se observa, es prudente considerar que la sentencia judicial pueda ser condenatoria. En ese sentido, y dada la falta de reglamentación al respecto, lo más que podrían lograr sus detractores es la inhabilitación temporal para ocupar un cargo público. Para lo cual sae carece de una taxativa preconcebida, y así quedaría al arbitrario arbitrio del juez, que en el espíritu del artículo 113 Constitucional no le ocasionaría gran daño. Aún así, y salvo que el plazo fijado para la inhabilitación exceda al año 2012, en esa fecha podrá ser candidato con altas probabilidades de ser electo presidente de la República. Pues la implicación mítica no habrá expirado.
La implicación mítica, en el imaginario popular, aún puede dar otra sorpresa. Si lo imposibilitan para ser candidato a la Presidencia de la República en el 2006, por la forma en que sus detractores lo han convertido en una víctima política le dan el cariz de héroe político, y con esto le confieren el aura de un nuevo líder moral. Así, y potencialmente imposibilitado a la candidatura, muestran otra vía: la alternancia de candidato para la contienda electoral en el año 2006.
La expectativa, arraigada en el sentimiento de solidaridad y en la intencionalidad de castigo político que existen en la población sufragante, facilitará al Partido de la Revolución Democrática la selección de un candidato alterno, que además de su propio prestigio contará con la intencionalidad de voto que hasta ese momento haya favorecido a López Obrador, así como la de otros organismos políticos y sufragantes que coinciden ideológicamente con él.
La implicación mítica, en el imaginario popular, puede propiciar que el candidato alterno del Partido de la Revolución Democrática esté en posibilidad de ganar la elección presidencial de 2006.
Sería la sorpresa anunciada. Remotamente podrá suceder que fructifique el intento de frenar la aspiración presidencial de López Obrador, pero quedará revertida en cuanto al Partido de la Revolución Democrática. Pues, en las campañas encauzadas para desacreditarlo, los detractores del jefe de Gobierno no tomaron en cuenta la contradicción secundaria que enfrentaba la fórmula López Obrador-Partido de la Revolución Democrática, en la cual el candidato cuenta con preferencia electoral pero el partido no. En su situación originaria era difícil que ganara las elecciones. Pero ahora que lo han convertido en un héroe nacional, ya no circunscrito al Distrito Federal, temporalmente lo dejan fuera de la contienda, pero no así al Partido de la Revolución Democrática.
Mientras los detractores añaden más elementos a la confrontación,
paradójicamente, más favorecen a la fórmula López
Obrador-Partido de la Revolución Democrática. Sigan así,
el país necesita un gobierno federal enfocado al mercado interno y abocado
a los sectores más desprotegidos de la sociedad.
* Analista político.